martes, 16 de junio de 2015

La Cofradía (II)


La gestión cofradiera se rige de manera colegiada mediante cabildos secretos que, atendiendo al número de convocados, se califican en generales (cuando concurren la totalidad de los hermanos) y restringidos (reservados a sus principales dignidades). Por la regularidad de su cadencia cabe distinguir entre asamblear ordinaria (celebradas una vez al año) y extraordinarias (en número indeterminado, siempre que concurran circunstancias inaplazables). 


Parroquia de San Isidoro el Real, junto al Mercado del Fontán


Las autoridades espirituales impusieron la adopción de unos estatutos que regulan su vida interna refrendando o corrigiendo las ordenanzas redactadas por sus rectores y aprobadas en cabildo general.


La identidad cofradiera se reafirma el día de la festividad de su santo patrón y, sobre todo, con motivo de las procesiones del Corpus Christi, Semana Santa o rogativas. Tales manifestaciones públicas de fervor se realizan siguiendo un itinerario acostumbrado (llamado carrera común), denominándose Nazareno al hermano que procesiona; Portaestandarte al portador del pendón; Costalero o Bancero al cofrade que soporta las andas de paso; Bancero Mayor al nazareno que dirige la marcha; Hermano de Luz al que lleve velas alumbrando el camino y Aguador al encargado de ofrecer agua a los costaleros.


Cristo Flagelado de la Cofradía del Silencio y Santa Cruz

Sus ingresos dependen de las limosnas de los fieles, las donaciones testamentarias de bienes muebles e inmuebles, las rentas de las propiedades urbanas (solares, casas, huertos, tiendas, mesones, incluso prostíbulos) o rurales (tierras, molinos, batanes, tejeras, caleras), los préstamos forzosos, las subastas de reses, las cuotas de entrada y las multas impuestas a los hermanos. Su volumen de gastos depende de sus dimensiones devocionales, asistenciales y litúrgicas.


Basílica Menor de San Juan el Real

Ya en el reinado de Enrique IV se prohibieron las hermandades gremiales, censura reiterada por Carlos V y vigente todavía en el período borbónico. Apuntado a fines del siglo XV, decididamente durante los Austrias se percibe un procese de exclusivización que se traduce en la situación hacia los candidatos de perfil financiero, social o cultural inadecuado. Así, se introduce la cláusula de mayoría de votos para consensuar las admisiones, se adopta un régimen descalificatorio estamental, se exige limpieza de sangre o de oficios y se impone una limitación numérica pretextando motivos simbólicos evangélicos o supuestos criterios funcionales. 


Ayuntamiento y el fondo la Parroquia de San Isidoro el Real

El Estado Borbónico Ilustrado trató de controlar las más de 25.000 cofradías existentes en España, poniendo las sacramentales bajo la órbita del Consejo de Castilla, suplantando las asistenciales por una Junta de Caridad, erradicando el resto y estimulando la fusión de las supervivientes. 
Miguel F. Gómez Vozmediano



Fuente:
Diccionario de historia moderna de España: La Iglesia I. 
Enrique Martínez Ruiz (Dir.)
Editorial Istmo, 1998


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